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Los ciudadanos que hayan participado en juicios tienen un plazo de 90 días para recuperar documentos antes de su destrucción.

Destruirán los expedientes de 50 años de antigüedad
Conservarán solo las resoluciones firmes y documentos indispensables para constancia histórica o jurídica.

 

El Poder Judicial de Tamaulipas iniciará la depuración y destrucción de miles de expedientes con más de cinco décadas de antigüedad. El proceso incluye archivos penales, civiles, mercantiles y familiares que datan desde 1960 y que ya concluyeron legalmente.

La notificación fue emitida por la presidenta del Órgano de Administración Judicial, Magda Hilda Guadalupe Leal Gutiérrez, quien informó que los ciudadanos que hayan sido parte en alguno de estos juicios disponen de 90 días para recuperar los documentos que presentaron durante sus procesos.

En el aviso difundido a través del Periódico Oficial del Estado (POE), se establece que los expedientes sujetos a destrucción provienen de los Archivos Judiciales de concentración de todos los distritos del estado.

En materia penal se incluyen causas concluidas entre 1960 y el año 2000, en los cuales se haya dictado sentencia o resolución que ponga fin al proceso, debidamente ejecutada.

Mientras que en civil, mercantil y familiar el rango abarca de 1960 a 2010,  mismos en los que se haya dictado sentencia firme y se encuentre ejecutada, desagregando el escrito inicial y, en su caso, la reconvención, así como la resolución respectiva los cuales se resguardarán en el Archivo Judicial.

Solo se conservarán las piezas determinadas como las resoluciones firmes y documentos indispensables para constancia histórica o jurídica.

En ese contexto, se establece que las personas que hayan participado en esos expedientes tienen un plazo de 90 días para retirarlos, pues “una vez concluido, los documentos serán dados de baja junto con el expediente respectivo, sin posibilidad de recuperación”.

El acuerdo establece criterios específicos de depuración, toda vez que en materia penal, los juzgados deberán resguardar las resoluciones que dieron fin a los procesos, pero destruirán los objetos de delito cuando así lo permita la sentencia o el Código Penal.

Además, se revisará si existen fianzas pendientes de devolución para proceder administrativamente.

En el caso de expedientes civiles y mercantiles, se conservarán escritos iniciales, reconvenciones y resoluciones finales, pero se eliminarán documentos base de la acción, como títulos de crédito, siempre mediante actas administrativas que elaborarán los juzgados en coordinación con la Dirección de Contraloría.

Para los expedientes familiares será similar: se guardarán los documentos esenciales y se destruirá el resto, exceptuando cualquier depósito relacionado con pensiones alimenticias.

Los juzgados deberán revisar y trasladar los montos no reclamados a los fondos correspondientes.

La destrucción se hará a través de una empresa recicladora certificada, y el personal judicial acompañará todas las etapas para garantizar la confidencialidad, desde el traslado del papel hasta su destrucción física.

 

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