Reforma impedirá que familiares sucedan de forma inmediata a funcionarios; aplicará para alcaldes, diputados, síndicos, regidores y gubernatura

Por: El Mañana de Reynosa
A partir del 2027, no se podrán heredar los cargos de alcaldes, diputados, síndicos, regidores y de gobernador, luego que el Congreso local recibió la reforma electoral local, y sus modificaciones a las leyes secundarias.
¿Qué implica la reforma electoral en Tamaulipas?
Los consejeros del Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam) y los diputados locales se reunieron para conocer el posicionamiento del órgano encargado de la organización y validación de las elecciones.
La reforma establece que a partir de la elección del 2026-2027, queda prohibido el nepotismo, que implica que familiares de personas en el poder sean postulados de manera directa o inmediata para sucederlos en cargos públicos, cerrando la puerta a las herencias políticas y la concentración del poder en grupos familiares.
Uno de los cambios de mayor impacto sería la modificación en la integración de los ayuntamientos, ya que la reforma plantea un límite máximo de 15 regidurías por municipio”. Juan José Ramos Charre, Consejero presidente del Ietam
Como se ha registrado en la última década en Reynosa, donde después de seis años en el poder, la exalcaldesa Maki Ortiz Domínguez hizo el proceso de entrega-recepción a su hijo el alcalde Carlos Peña Ortiz.

Casos similares se han observado en el municipio de Palmillas, donde la actual presidenta municipal Sindy Monita Ramírez (2024-2027), es hija de los exalcaldes María de las Nieves Ramírez Compeán (2021-2024) y de Jorge Monita Silva (2018-2021).
En el municipio rural de Bustamante, en el trienio 2018-2021 gobernó Maricela Rodríguez González, quien le heredó el cargo a su hija Brisa Verber Rodríguez (2021-2024), para volver como alcaldesa en el periodo 2024-2027.
Detalles sobre la prohibición de nepotismo en cargos públicos
El consejero presidente del Ietam, Juan José Ramos Charre, advirtió que la reforma requiere ajustes legales adicionales para evitar vacíos rumbo al proceso electoral 2026-2027.
La reforma establece que no podrán ser candidatos quienes tengan, en los últimos tres años, vínculos con la persona en el cargo, como matrimonio o concubinato, parentescos en línea directa como hijos, colateral de hasta cuarto grado como son primos, sobrino-nieto, tío-abuelo; y afinidad hasta segundo grado, como suegros, yernos, nueras, hijastros y cuñados.
Mientras que la no reelección entrará en vigor en las elecciones del 2030, es decir, quienes ganen en las urnas en las próximas elecciones, no podrán repetir en el mismo cargo, y tampoco podrán heredar el poder a sus familiares.
Durante su participación en el foro de análisis de la iniciativa señaló que, aunque la propuesta armoniza la legislación local con la reforma federal, existen disposiciones relacionadas con la reelección consecutiva que no deben eliminarse anticipadamente.
Destacó que “uno de los cambios de mayor impacto sería la modificación en la integración de los ayuntamientos, ya que la reforma plantea un límite máximo de 15 regidurías por municipio”.
Sin embargo, Ramos Charre añadió que, para evitar incertidumbre, será necesario reformar artículos de la Ley Electoral del Estado y del Código Municipal, a fin de definir cuántas regidurías corresponderán al principio de mayoría relativa y cuántas al de representación proporcional, conocidas como plurinominales.
Asimismo, defendió las prestaciones y percepciones salariales del personal del Instituto Electoral de Tamaulipas, luego de las modificaciones planteadas al artículo 20 de la Constitución local.
“Ninguna persona servidora pública del Ietam goza de prestaciones discrecionales; todas están previstas en la ley, en decretos o en las condiciones generales de trabajo”, afirmó.
Asimismo, las leyes secundarias establecen que las personas que hayan sido condenadas por violencia política contra las mujeres en razón de género no podrán participar para los cargos de alcaldes, diputados y otros cargos de elección popular local.